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El Tribunal Superior 'tumba' nueve tramos de la M-30 soterrada |
Una sentencia del TSJM contra la que no cabe recurso declara nulos los acuerdos del Ayuntamiento porque carecían de evaluación ambiental previa. EL PAÍS - Madrid - 16/03/2011. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sentencia de junio de 2009 en la que tumba nueve tramos de la M-30 soterrada. El fallo anula y deja sin efecto un acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la capital por el que se aprobaron nueve de los 12 proyectos de reforma y mejora para el soterramiento de esta vía de circunvalación convertida en calle por carecer de una evaluación ambiental previa, según ha avanzado la cadena SER. El tribunal establece, tal y como planteó el grupo municipal socialista, que el compromiso de Alberto Ruiz-Gallardón de cumplir los requerimientos de la Comisión Europea, asumiendo la obligación de elaborar esos estudios de impacto ambiental, es insuficiente, ya que no se ha podido convalidar. La sentencia del TSJM es firme y contra ella no cabe recurso alguno, aunque no tendrá consecuencias practicas. Según la SER, en su fallo, notificado el pasado lunes 14, el tribunal recuerda que "a estas alturas ya nadie se cuestiona la necesidad de haber sometido los proyectos a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental" por la circunstancia de que discurra por una zona urbana. A esta misma conclusión llegó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2008, además de ser admitida, dice el fallo, por el propio Ayuntamiento al aceptar las condiciones impuestas por la Comisión Europea.Medidas inexistentes El expediente de infracción abierto por Bruselas obligó al equipo de gobierno a dejar sin efecto, en febrero de 2007, tres de los proyectos no iniciados entonces: los túneles norte y sur en los by-pass de la avenida de la Ilustración y conexión del by-pass norte con la A-1. Tras este varapalo, el Consistorio contrató una consultoría para realizar el estudio ambiental tanto de los proyectos ya ejecutados como de los que estaban pendientes. En su demanda, los denunciantes -el grupo municipal socialista- alegaron, y así lo admite el tribunal, que los trabajos realizados por el Ayuntamiento para evitar la sanción de la Comisión han sido inexistentes ya que no se han aportado los informes necesarios acerca de los impactos que se pueden producir (gases, ruidos, patrimonio histórico, arbolado, etc.) ni se han efectuado medidas correctoras. Las consecuencias prácticas de la sentencia son muy escasas, según las fuentes jurídicas consultadas por la SER, aunque a partir de ahora el Ayuntamiento tendrá que ser más cuidadoso a la hora de cumplir los requisitos, trámites y leyes a los que está obligado. Ocurre igual que con una reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre otra carretera de Madrid, la M-501. El alto tribunal declaró ilegal el desdoblamiento de la carretera de los pantanos, pero como la obra ya está terminada y en uso desde hace tiempo no hay ninguna posibilidad de deshacer las actuaciones ejecutadas. Palabras clave: Añadir esta página a tus redes sociales favoritas |
Ultima actualización ( Miércoles 16 de Marzo de 2011 18:29 ) |